• Instituto Morelense de Información Pública y Estadística

PUBLICÓ IMIPE RESULTADOS DE LA SEGUNDA VERIFICACIÓN A SUJETOS OBLIGADOS 2021

23 mayo 2022

 

 

 

El Instituto Morelense de Información Pública y Estadística IMIPE, a través de la Coordinación de Evaluación, Seguimiento y Vigilancia, publicó en su portal electrónico los resultados de la segunda verificación 2021 que corresponde a la periodicidad de noviembre 2020 a octubre 2021 y señala que fueron 75 de 176 Sujetos Obligados los examinados.

El IMIPE compartió la siguiente liga electrónica https://imipe.org.mx/segundaverificacion2021?fbclid=IwAR0R3kfbuugFkDxiIv... para quien desee conocer los detalles de la Segunda Verificación a 75 Sujetos Obligados que en síntesis, los resultados fueron los siguientes: hubo 30 Cumplimientos y 45 Incumplimientos.

De acuerdo a lo señalado por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, en su capítulo V de la verificación de las Obligaciones de Transparencia, el Artículo 65 señala que : Las acciones de Vigilancia y Verificación (…) se llevan a cabo de forma general, particular aleatoria, muestral o periódica.

De 10 grupos institucionales registrados por IMIPE, en esta segunda verificación 2021, cinco fueron los evaluados:

•      Poder Ejecutivo: 11 Cumplimientos, 5 Incumplimientos.

•      Poder Legislativo: 1 Cumplimiento, 1 Incumplimiento.

•      Poder Judicial: 4 Cumplimientos. 

•      Municipal descentralizado: 5 Cumplimientos, 10 Incumplimientos.

•      Sindicatos: 9 Cumplimientos, 29 Incumplimientos.

Por otro lado, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, en el Título Décimo, Capítulo I Artículo 141 que habla sobre las Medidas de Apremio y manifiesta que el Instituto tiene la facultad de imponer al servidor público encargado de cumplir con la resolución, o a los Sujetos Obligados, las siguientes medidas de apremio para asegurar el cumplimiento de sus determinaciones:

I.     Amonestación.

II.    Amonestación Pública, o

III.   Multa, de ciento cincuenta hasta mil quinientas veces el valor diario de la Unidad de medida y Actualización UMA.

El incumplimiento de los Sujetos Obligados será difundido en caso de amonestación Pública en el portal de transparencia del Instituto.

En caso de que el incumplimiento de la determinación del Instituto, que implique la presunta comisión de un delito o de una de las conductas señaladas en el artículo 143 de esta Ley, el Instituto deberá denunciar los hechos ante la autoridad competente.

Las medidas de a premio de carácter económico no podrán ser cubiertas con recursos públicos.

Categoría: 

Recuerda que el IMIPE a nivel local es el Órgano Garante que tutela los derechos de acceso a la información y protección de datos personales

Si tienes dudas o comentarios contactos a través de nuestra línea telefónica IMIPETEL al (777) 629-4000, en nuestra página de Facebook imipe.morelos, vía Twitter a la cuenta @_IMIPE 

Si recibiste una mala atención o fuiste víctima de un delito por parte de nuestros servidores públicos, puedes reportarlo a nuestro Órgano Interno de Control haciendo click aquí