• Instituto Morelense de Información Pública y Estadística

Solicitudes de Acceso a la Información Pública

¿Qué es una solicitud de acceso a información pública?

Es la petición por vía escrita o verbal con base en lo señalado por el Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales y el marco normativo vigente, que señala que los particulares presentan ante las Unidades de Transparencia (UT) de cualquier Sujeto Obligado, con la finalidad de obtener información que se genere en el ejercicio de sus facultades y obligaciones, que se encuentre en cualquier soporte documental existente dentro de sus archivos.

Una solicitud deberá cumplir con los siguientes requisitos

  1. Nombre.
  2. Domicilio o medio para recibir notificaciones.
  3. Descripción de la información solicitada.
  4. Cualquier otro dato que facilite su búsqueda (opcional).
  5. Modalidad en la que prefiere se otorgue al acceso a la información (verbal, consulta directa, mediante la expedición de copias simples o certificadas o la reproducción en cualquier otro medio, incluidos los electrónicos).

En la respuesta a dicha solicitud se deberá garantizar los principios de: accesibilidad, confiabilidad, veracidad y oportunidad.

¿Quién puede presentar una solicitud de acceso a información pública?

Cualquier particular (persona) o a través de un representante legal.

¿Quiénes son los Sujetos Obligados donde las personas pueden ejercer su derecho de acceso a la información?

Cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos, fondos públicos y municipios, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el estado de Morelos.

¿Qué instancia debe dar trámite a las solicitudes de acceso a la información pública dentro de un Sujeto Obligado?

Las Unidades de Transparencia de los Sujetos Obligados son las instancias responsables de recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información que presenten los particulares. Estás unidades, pueden auxiliar en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y, en su caso, orientar a los particulares sobre los sujetos obligados competentes conforme a la normatividad aplicable.

¿Toda la información que posee el gobierno es pública?

Sí, tanto a nivel federal como local es pública, excepto aquella que sea clasificada como reservada o confidencial.

¿Deben justificar los particulares para qué requieren la información solicitada?

No. El Sujeto Obligado no debe solicitar que se justifique para qué se requiere o se va a utilizar la información requerida.

¿Dónde puedo presentar una solicitud de acceso a información pública?

Acudiendo personalmente a la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, o por medios electrónicos: a través de internet, utilizando el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información (SISAI) de la Plataforma Nacional de Transparencia (https://www.plataformadetransparencia.org.mx) le será asignado automáticamente un número de folio con el que podrá dar seguimiento a su requerimiento.

Por correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional, dirigido a la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado cuya información solicita. Es importante que se quede con un comprobante que acredite la fecha en que presentó su solicitud de acceso a esta información pública.

FORMATO DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN   : https://imipe.org.mx/formato-de-solicitud-de-acceso-la-informacion 

 

Perfil: 

Recuerda que el IMIPE a nivel local es el Órgano Garante que tutela los derechos de acceso a la información y protección de datos personales

Si tienes dudas o comentarios contactos a través de nuestra línea telefónica IMIPETEL al (777) 629-4000, en nuestra página de Facebook imipe.morelos, vía Twitter a la cuenta @_IMIPE 

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